Implementación de Sistemas de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo

La ley N° 29783 – Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo tiene como propósito establecer normas mínimas para prevención de los riesgos y accidentes laborales en el Perú. Se considera como punto de partida que todas las empresas formalmente constituidas deban desarrollar una implementación de un sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo.

Sin importar el tamaño de la empresa, se debe tomar en obligación la ley N° 29783 de esa forma se evitarán multas y sanciones que la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) pueda imponer por el incumplimiento normativo.

  • Monitoreo de agentes ocupacionales (físicos, químicos, biológicos, ergonómicos y psicosociales).
  • Monitoreo ocupacional consistente en la evaluación de riesgos químicos, gases: CO2, CO, vapores (COV), polvos (respirable e inhalable), humos metálicos, neblinas y nieblas, ácidos orgánicos, plomo, sílice cristalina, amoniaco, evaluación del sistema de ventilación y monitoreo de CO2.